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SENN FERRERO
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Nuevas circulares que introducen enmiendas al reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores: circulares 1500 y 1502

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Nuevas circulares que introducen enmiendas al reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores: circulares 1500 y 1502

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Nuevas circulares que introducen enmiendas al reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores: circulares 1500 y 1502

| TAGS: Juan Prieto

El mes de septiembre de 2015 ha sido especialmente prolífico en cuanto a la publicación de Circulares FIFA que introducen modificaciones al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (en adelante “RETJ”). Si a principios de mes vio la luz la Circular núm. 1500, a la finalización del mismo, la FIFA ha divulgado la Circular núm. 1502.

Consecuentemente, constituye el objeto del presente comentario examinar el contenido de cada uno de antedichos comunicados proporcionando un tratamiento individualizado del siguiendo modo:

  1. Circular 1500: procedimiento que rige las reclamaciones de indemnización por formación y mecanismo de solidaridad

Con fecha 4 de septiembre de 2015 la FIFA ha desvelado la Circular 1500 en la cual se anuncia una nueva reforma que recae sobre el RETJ sobre una cuestión que, como veremos, no resulta baladí.

Como apunte preliminar cabe señalar que la infatigable labor de revisión reglamentaria de FIFA se enmarca, una vez más, dentro de las sesiones del Comité Ejecutivo de la FIFA celebradas el 20 y 21 de marzo de 2014 donde, recuérdese, ya fueron aprobados:

  • El Reglamento sobre las relaciones con Intermediarios1; y
  • Diferentes enmiendas al RETJ y al Reglamento de Procedimiento de la Comisión del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Resolución de Disputas (en lo sucesivo “Reglamento de Procedimiento”)2.

En esta ocasión, la enmienda se plasma en el Anexo VI del RETJ, en vigor desde el 1 de octubre de 2015, en cuya virtud todas las reclamaciones que versen sobre la indemnización por formación3 y el mecanismo de solidaridad4 se tramitarán de forma imperativa por medio del sistema de correlación de transferencias (conocido como TMS por sus siglas en inglés: Transfer Matching System)5.


1 http://sennferrero.com/descargaspdf/asuntos-de-interes/nuevo-reglamento-fifa-intermediarios.pdf

2 http://www.iusport.es/opinion/enmiendas_retj_juan_prieto_huang.pdf

3 Regulado en el artículo 20 y Anexo IV del RETJ.

4 Artículo 21 y Anexo V del RETJ.

5 El TMS se define por el RETJ como el sistema para el almacenamiento de datos basado en la web, cuyo objetivo principal es simplificar el proceso de las transferencias internacionales de jugadores, así como mejorar la transparencia y el flujo de información

Para concluir la lectura del artículo, puedes descargar el fichero adjunto.

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