Modificaciones a las reglas del juego acordadas por IFAB para la 19/20
El pasado 23 de mayo de 2019 LaLiga remitía a los Clubes de primera división la Circular Informativa n.º 15, por la cual anunciaba las Modificaciones Reglamentarias Arbitrales para la Temporada 2019/2020 entrando en vigor el 1 de junio de 2019.
Estas modificaciones son propuestas y aprobadas, desde 1886, por The International Football Association Board (en adelante, “IFAB”) la única entidad mundial encargada de elaborar y preservar las Reglas del Juego.
IFAB está compuesta por representantes de las cuatro (4) asociaciones de fútbol de Reino Unido y por cuatro (4) representantes de la Fédération Internationale de Football Association (en adelante “FIFA”). Los ocho (8) representantes necesitan mayoría de tres cuartos para aprobar cualquier norma/enmienda relativa a las Reglas del Juego.
Tras esta sucinta introducción, vamos a continuar exponiendo las modificaciones más significativas realizadas por IFAB en las Reglas del Juego 2019/2020.
Regla 1.- El terreno de juego.
- Árbitros asistentes de vídeo (VAR)
En esta primera Regla, se incluyen a los miembros del cuerpo técnico de un equipo como sujetos susceptibles de ser expulsados en caso de acceder a la sala de video arbitraje o ser sancionados por entrar en el área de revisión.
Regla 3.- Los jugadores.
- Procedimiento de sustitución.
La principal modificación en esta Regla versa sobre el punto/lugar en el que los jugadores deben abandonar el terreno de juego en caso de sustitución. El jugador deberá abandonar el terreno de juego por el punto más cercano de la línea delimitadora del campo, salvo que el árbitro por razones de seguridad o lesión le indique que salga por la medular o por otro punto.
Esta modificación es interesante de cara a los jugadores que recibían instrucciones o decidían motu proprio situarse en la parte más alejada del terreno de juego con la finalidad de perder tiempo. En este sentido, consideramos que la modificación es acertada, pero en consecuencia se deberá tener en cuenta también a la hora de calcular el tiempo añadido de cada parte.
Regla 5.- El árbitro.
- Decisiones arbitrales.
La modificación realizada a esta Regla versa sobre la decisión del árbitro de reanudar el juego. En caso de señalar el final del primer/segundo tiempo o suspender definitivamente el partido abandonando el terreno de juego, no podrá reanudar el juego de forma distinta a la indicada. Sin embargo, en el supuesto de que el árbitro abandonase el terreno de juego con la intención de dirigirse al área de revisión o para indicar a los jugadores que deben regresar al terreno de juego, podrá modificar una decisión técnica o disciplinaria que hubiere tenido lugar antes de que finalice el tiempo.
Una vez reanudado el juego, únicamente podrá imponerse una sanción disciplinaria si otro integrante del equipo arbitral hubiere detectado la infracción antes de la reanudación, sin que la sanción pueda tener consecuencia en la reanudación del encuentro.
- Facultades y obligaciones.
La modificación más importante en este apartado de la Regla es concerniente a los jugadores lesionados que hayan sido atendidos fuera del terreno de juego, no podrán regresar al campo hasta que el juego se hubiere reanudado. A las excepciones existentes (lesión de guardameta, choque entre guardameta y jugador, varios jugadores del mismo equipo, etc.), se debe adicionar la excepción para el caso de concederse un penalti y el jugador lesionado fuere el encargado de efectuar el lanzamiento.
Regla 8.- Inicio y reanudación del juego.
- Balón en tierra (bote neutral).
En esta Regla se incluye los supuestos en lo que el árbitro concederá al guardameta del equipo defensor balón en tierra dentro de su área de penalti,
- el balón está en el área de penalti en el momento de detener el encuentro; o
- el último toque de balón se ha producido dentro del área de penalti.
Para los restantes casos en los que el árbitro conceda balón en tierra, la posesión será concedida a favor del equipo que hubiere tocado en última instancia el esférico, debiendo mantener el resto de los jugadores una distancia mínima de cuatro (4) metros.
Regla 9.- Balón en juego.
- Balón no en juego.
La principal modificación en esta Regla es que no se considerará que el balón está en juego en el momento en el que toque a un miembro del equipo arbitral, siempre y cuando permanezca en el terreno de juego; y/o un equipo inicie un ataque prometedor; y/o el balón entre directamente en la portería; y/o el equipo que esté en posesión del esférico cambie. En todos estos supuestos el juego se reanudará con balón en tierra.
Regla 10.- El resultado de un partido.
- Gol válido.
Con efecto meramente enunciativo y teniendo en cuenta la dificultad de que un guardameta anote un gol con la mano desde su propia área, se estipula las consecuencias que derivarían tal acción, debiendo señalar el colegiado saque de puerta para el equipo rival.
Regla 12.- Faltas y conducta incorrecta.
- Tiro libre directo.
Una de las modificaciones más importantes de la presente Regla es la imposibilidad de marcar un gol con la mano o brazo. Esto es, cualquier gol anotado con la mano o brazo, aunque sea involuntaria, será anulado.
Con la intención de establecer mayor coherencia y unificar criterios a la hora de señalar las infracciones por tocar el balón con la mano o brazo, se fijan con mayor claridad las infracciones punibles. No obstante, la intención de IFAB no consigue lo que se propone en este aspecto, puesto que únicamente se establece la infracción para el jugador que recupere la posesión del balón después de que este le toque en la mano para posteriormente marcar un gol en la portería contraria o generar una ocasión de gol. Volvemos otra vez a la subjetividad de la norma, pudiendo tener dos colegiados diferente criterio en parecidas ocasiones simplemente por tener juicios diferentes en torno a su percepción de ocasión de gol o ataque prometedor.
En línea con la Reglas del Juego de la Temporada 2018/2019, se mantiene la misma posición de no señalar infracción si la el golpeo con la mano o brazo proviene directamente de un rechace del mismo jugador, de un jugador contrario, si la mano y el cuerpo no se encuentra en una posición antinatural con la que se consiga ocupar más espacio y si el jugador cae quedando la mano entre el cuerpo y el punto de apoyo del suelo, pero no alejadas del cuerpo hacia un lado o en vertical.
Cabe recordar que al amparo del criterio del Comité Técnico de Árbitros de la Real Federación Española (en adelante “RFEF”), si un jugador golpea el esférico con la mano y dicho contacto viene precedido de un golpeo en sí mismo, o porque con el brazo o con la mano apoyado en el suelo el jugador intercepta el balón, no sería punible, por lo que no se debe sancionar como infracción.
- Tiro libre indirecto.
Asimismo, es conocido por todos los aficionados al fútbol la posibilidad del colegiado de indicar tiro libre indirecto si el portero toca el balón con las manos o brazos en el supuesto de recibir el esférico de un compañero y siempre que el segundo se lo hubiere cedido con el pie o desde un saque de banda. Como variación de la norma la IFAB excluye de fijar como infracción este caso en el caso de que el guardameta haya golpeado con el pie el balón claramente (o lo haya intentado) con el fin de ponerlo en juego.
Podemos observar que la necesidad de que exista intención del portero hace que la referida regla pueda producir disparidad de decisiones ante situaciones similares, no ayudando la Regla a fijar un criterio único al respecto.
De otro lado y teniendo en cuenta las faltas y conducta incorrecta, a partir de la Temporada 2018/2019 si el árbitro decidiera amonestar o expulsar a un jugador esta decisión podría posponerse a la siguiente jugada si el equipo no infractor decidiera realizar un tiro libre rápido, tenga una ocasión clara de gol o el árbitro no hubiese iniciado el procedimiento de sanción
- Medidas disciplinarias.
En relación con las modificaciones realizadas en las sanciones disciplinarias, podemos señalar tres grandes modificaciones,
- Cabe recordar la posibilidad de que el árbitro sancione a un jugador por la celebración de un gol (trepar vallas, gesticular y/o actuar de forma provocadora, cubrirse la cabeza, quitarse la camiseta o cubrirse la cabeza con ella), pero en la Reglas del Juego de la presente Temporada se podrá sancionar al jugador que infrinja esta norma, aunque el gol fuese invalidado.
- La segunda gira en torno al cuerpo técnico, el árbitro sancionara con la medida que corresponda al primer entrenador si no pudiere identificar al miembro del cuerpo técnico que realizó la infracción.
- Por último, todas las infracciones verbales se sancionarán con tiro libre indirecto.
Regla 13.- Tiros libres.
- Tiro libre directo.
Como aspecto novedoso en la Regla de los tiros libres, podemos encontrar la prohibición a los jugadores atacantes de incrustarse en la barrera que forma el equipo defensor, no pudiendo acercarse a la misma y debiendo guardar a menos un (1) metro de distancia respecto a la barrera hasta que el balón esté en juego.
Regla 14.- El penal
- Procedimiento
Como último cambio significativo encontramos la posición en la que se tiene que encontrar el portero a la hora de intentar atajar un penalti. En esta Regla se establece que el guardameta deberá tener al menos parte de un pie en contacto directo o sobre la línea de meta en el momento en el que el lanzador realice el golpeo. Esta variación puede traer nuevas técnicas para detener los lanzamientos desde los once (11) metros.
A efectos meramente informativos, se añaden los siguientes enlaces:
- Reglas del Juego 2019/2020.
http://static-3eb8.kxcdn.com/documents/803/155024_070619_LotG_201920_ES_Booklet.pdf
- Circular n.º 3 del Comité Técnico de Árbitros de la RFEF.