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Novedades Fiscales (ene/feb/mar 2024)

  • Sentencias

Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2023, 1693/2023: El Tribunal Supremo ha resuelto desestimar las pretensiones presentadas por la abogacía del Estado y ha concedido la razón al jugador Andrés Iniesta en un caso relacionado con la valoración de la cesión de los derechos de imagen a su sociedad. La sentencia aborda la cuestión de determinar si, en virtud de la reforma llevada a cabo por la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de los métodos de determinación del valor de mercado de las operaciones entre personas o entidades vinculadas, todavía es posible sostener la existencia de preferencias en la aplicación de determinados métodos de valoración sobre otros, o si, por el contrario, basta con justificar adecuadamente la elección del método utilizado. El Tribunal Supremo ha concluido que se ha empleado un método subsidiario sin una justificación suficiente de la imposibilidad de aplicar los métodos principales. Por consiguiente, se ha anulado la valoración realizada por la inspección de hacienda. Descargar PDF

Sentencia Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11 de enero de 2024, 15/2024: Se comprueba la existencia de operaciones vinculadas entre el socio y su sociedad, Producciones Audiovisuales Rumor SL. Asimismo, se valora si los servicios prestados por el socio son personalísimos y no se retribuyeron a valor de mercado. El TSJ determina que los ingresos de la sociedad procedieron principalmente de los derechos de autor generados por la obra musical del socio y que, a su vez, eran percibidos de SGAE, lo que deviene en la confirmación de la carencia de medios personales y materiales, dado que, la actividad de la sociedad prácticamente se limitaba al cobro de los derechos de autor cedidos por el socio. Por tanto, el socio cedente de los derechos era el titular como autor de los mismos y a él le eran imputables los ingresos correspondientes. Entiende el TSJ que no hay economía de opción, ya que mediante la sociedad interpuesta y a través del incumplimiento de las normas sobre valoración a precio de mercado entre independientes de las operaciones vinculadas, se ha puesto de manifiesto la ventaja fiscal perseguida, aliviando la carga fiscal del socio como única finalidad con el consiguiente perjuicio para la Hacienda Pública. Descargar PDF

Sentencia de la Audiencia Nacional de 31 de enero de 2024, 987/2024: Se cuestiona la correcta tributación de las rentas derivadas de la cesión de los derechos de imagen obtenidos por Raúl González. En concreto, se plantea si dichas rentas deben integrarse en la base imponible del contribuyente o están sujetas a tributación a través de su sociedad. La AN entiende que en el período inspeccionado no queda acreditada la existencia de contrato alguno entre el contribuyente y su sociedad por el que se ceda la explotación de sus derechos de imagen, puesto que, no se ha aportado material probatorio suficiente. Además, el contribuyente interviene en su propio nombre en los distintos contratos de cesión de los derechos de imagen suscritos con terceros. Por otro lado, la inspección consideró que los pagos efectuados por el Real Madrid y el Shalke a la sociedad Nescar Sport, propiedad del representante del futbolista, suponen unos rendimientos mayores de trabajo. La AN determina que la Administración se excede de la potestad de calificación que le confiere el artículo 13 LGT al calificar los pagos al Agente por los Clubes como rendimientos de trabajo del jugador pagados por los Clubes por cuenta del futbolista, por ello, estima este motivo y anula tanto la liquidación como la sanción practicada sobre el contribuyente. Por último, la AN entiende que no se ha producido ocultación, puesto que, dicha conducta exige un ánimo de entorpecer a la Administración, es decir, un plus de culpabilidad, de tal forma que la falta de presentación o la presentación con inexactitudes de una declaración no puede ser interpretada como criterio de calificación como grave de la sanción tributaria. Descargar PDF

Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de febrero de 2024, 484/2024: El Tribunal Supremo ha desestimado las pretensiones de José Mourinho. La Audiencia Nacional había determinado previamente que los pagos realizados por el Real Madrid C.F a Jorge Mendes debían considerarse como rendimientos del trabajo para el entrenador, ya que constituían un pago efectuado por el club en su nombre. Mourinho impugnó esta decisión ante el Tribunal Supremo, argumentando que tenía derecho a deducir del importe bruto las cantidades que el club debería haber retenido. Sin embargo, el Tribunal Supremo concluyó que no procedía esta deducción, ya que la retención no se omitió exclusivamente por culpa del obligado a retener (el club). En su lugar, consideró que Mourinho participó en acciones destinadas a eludir la tributación de las cantidades pagadas a la sociedad del agente. Descargar PDF

Sentencia de la Audiencia Nacional de 14 de febrero de 2024, 983/2024: La AN analiza un recurso contencioso-administrativo efectuado por un jugador del Levante que tiene por objeto la prescripción del derecho de la Administración a liquidar el IRPF del ejercicio 2010, dado que, el procedimiento de inspección ha superado el plazo de 12 meses previsto en el art. 150 de la LGT. En particular, la sentencia concluye que el retraso en la aportación de documentación por parte del demandante no es imputable a éste, lo que desemboca en la caducidad del procedimiento y la prescripción del derecho de la Administración a liquidar el ejercicio 2010 del IRPF del actor, dado que, la Administración no motiva de manera suficiente la relevancia del retraso. La sentencia estima el recurso contencioso-administrativo, anula la resolución del TEAC y la liquidación correspondiente al ejercicio 2010 del IRPF del actor, y condena a la Administración demandada al pago de las costas. Descargar PDF

Sentencia del Tribunal de 4 de marzo de 2024, 1433/2024: La materia abordada en esta sentencia se centra en la determinación de si los derechos económicos derivados de la cesión de los derechos federativos de un jugador, percibidos por un club o entidad deportiva no residente en España con motivo de la transferencia de dicho jugador a un club o entidad deportiva residente en España, constituyen una ganancia patrimonial sujeta al Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La sentencia establece que el titular de los derechos federativos de un futbolista es el club al que pertenece. Únicamente en el momento en que expire el contrato del futbolista con el club al que pertenecía, este adquiere titularidad sobre los derechos federativos. El Tribunal Supremo concluye que estos contratos entre dos clubes no tienen como objetivo la compensación por la terminación anticipada de una relación laboral previa, como sostiene el club, sino más bien la transferencia de unos derechos, concretamente los derechos federativos de un jugador, los cuales pueden ser ejercidos en España mediante la inscripción del jugador en una federación de fútbol reconocida por la FIFA por parte del nuevo club. El Tribunal Supremo considera que el Convenio para Evitar la Doble Imposición entre España y Brasil autoriza a España a gravar la ganancia obtenida de acuerdo con el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, dado que los derechos se transfieren con el fin de ser ejercidos en territorio español. Descargar PDF

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